Según lo informado por el secretario Legal y Técnico de la UNLaR, Gabriel García Cruz, este lunes e recibió el fallo del juez federal Daniel Herrera Piedrabuenano, por el cual “se le ordena a EDELaR a abstenerse a aplicar el aumento tarifario de febrero de este año y retrotraer el precio de la tarifa anterior”. A partir de esto, el excedente abonado a partir del último incremento tendrá que ser contabilizado en las nuevas facturas, conforme al cuadro tarifario anterior. Además, la disposición judicial “obliga a la empresa a no cortar el servicio por falta de pago, en tanto y en cuanto no refacturen el servicio de energía eléctrica”, agregó García Cruz.
Seguidamente, el funcionario académico anunció que en los próximos días se estará presentando la acción de amparo, a partir de la cual el EUCOP y EDELaR deberán contestar la demanda y emitir un informe que detalle la modalidad del procedimiento por el cual se aplicó un incremento “arbitrario e injusto” en la prestación.
El responsable Legal y Técnico de la Casa de Altos estudios explicó además que esta acción de amparo es individual, por lo que no tiene alcance colectivo, pero evaluó la posibilidad que la “claridad y contundencia del fallo seguramente va a marcar un antecedente judicial para los consumidores porque está basado en normas constitucionales aplicables a la totalidad de la comunidad”.
“En cuanto a la universidad, es importante el fallo porque dice que se entiende vulnerado y en cierto riesgo un importantísimo fin que tiene el estado nacional que es la educación pública; y con ello, un perjuicio a la sociedad en su conjunto”, concluyó.